martes, 3 de noviembre de 2015

Destino de los embriones crioconservados


Vivimos inmersos en una revolución de la ciencia y la investigación. 

Entre los avances que se han producido en los último años, hoy, en este blog, destacamos lo que ya forma parte casi esencial de los tratamientos de reproducción asistida: 

La criopreservación o congelación de embriones. 

Mediante esta técnica que permite la congelación de embriones, se consigue una conservación para un uso posterior sin que por el paso del tiempo su viabilidad se pueda ver afectada. 


El art. 11.4 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida recoge los diferentes posibles destinos que podrán darse a los preembriones crioconservados, así como en los casos que proceda, al semen, ovocitos y tejido ovárico crioconservados. 

La Ley enumera los siguientes:
a) Su utilización por la propia mujer o su cónyuge.
b) La donación con fines reproductivos.
c) La donación con fines de investigación.
d) El cese de su conservación sin otra utilización. En el caso de los preembriones y los ovocitos crioconservados, esta última opción sólo será aplicable una vez finalizado el plazo máximo de conservación establecido en esta Ley sin que se haya optado por alguno de los destinos mencionados en los apartados anteriores.
Las receptoras de la técnica, pueden optar por cualquiera de las opciones legalmente previstas.

Muchas de las personas que deciden donarlos con fines de investigación, pueden entrar en un conflicto con la clínica, en el caso que la clínica no esté llevando a cabo ningún proyecto de investigación, ya que los embriones deben seguir crioconservados, - hasta que ésta exista o, en su caso, hasta que se alcance el plazo para su descongelación-, y el centro conforme a derecho puede exigir el coste del mantenimiento, y por lo tanto, debe ser asumido por las pacientes.

Por ello, es aconsejable informarse muy bien y leer con detenimiento el consentimiento informado y ante cualquier duda preguntar a los profesionales de la clínica.

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