miércoles, 7 de octubre de 2015

Consentimiento informado: cómo mejorar la práctica

La ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes define en su artículo 3 qué debemos entender por consentimiento informado:

1. A los efectos de la presente ley, se entiende por consentimiento informado el prestado libre y voluntariamente por el afectado para toda actuación en el ámbito de su salud y una vez que, recibida la información adecuada, hubiera valorado las opciones propias del caso. El consentimiento será verbal, por regla general, y se prestará por escrito en los casos de intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores, y, en general, en la aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

2. La prestación del consentimiento informado es un derecho del paciente y su obtención un deber del médico.



3. El paciente tiene derecho a decidir libremente, tras recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles. Asimismo, tiene derecho a negarse al tratamiento, salvo en los casos determinados en la ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito.
(...)

El consentimiento informado, es un imperativo ético y en el ámbito asistencial encontraría su fundamento en los derechos humanos y en el derecho de toda persona - siempre que sea capaz - a decidir sobre su propia salud. En esencia se trata de la información que el paciente recibe del profesional sanitario en relación al tratamiento que se le va a administrar. Pero no siempre esta tarea es tan sencilla, como puede parecer.


Foto Cedida por Diario Médico
En los últimos años se ha observado un notable incremento del número de pleitos en relación al consentimiento informado, que representa uno de los pilares en los que se sustenta la relación entre el paciente y su médico y donde éste ejerce su derecho a la autonomía de la voluntad. 

Para tratar de encontrar una solución a esta realidad, la Fundación Salud 2000 en colaboración con 'Diario Médico' acogió la celebración del desayuno Médico-Legal "Consentimiento informado: cómo mejorar la práctica".

Durante el encuentro se dio voz a representantes de todas las partes implicadas, que analizaron las razones que pueden permanecer detrás de esta realidad cada vez más preocupante. Así, participaron Francisco Marín, presidente de la Sala Civil del Tribunal Supremo; Eugenio Laborda, urólogo y presidente de la Sociedad Española de Valoración del Daño Corporal; Carlos Sardinero, abogado de El Defensor del Paciente; y Federico Guirado, letrado del despacho Muñoz Arribas Abogados.

A lo largo del Encuentro discutieron sobre cuestiones como el contenido que debe figurar en el consentimiento, las causas que han provocado el incremento del número de litigios o cuáles son los límites de este documento. 

Los lectores que quieran conocer sus conclusiones, pueden acceder al documento en el siguiente enlace:

http://www.fundacionsalud2000.com/system/document_es/4115/original/75a.pdf?2015-10-06%2013:13:19%20+0200

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